Las mujeres en los ministerios del lectorado y del acolitado

martes, 12 de enero de 2021
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11/01/2021 – A través de un documento específico, el Papa Francisco estableció que los ministerios del Lector y del Acólito, que en el Código de Derecho Canónico estaban reservados sólo a los varones, ahora, también estarán abiertos a las mujeres, de forma estable e institucionalizada con un mandato especial.

Estamos hablando del servicio que se presta en el altar, en las celebraciones litúrgicas, en las misas, la lectura de la primera o segunda lectura, o el salmo, y también el servicio de monaguillos o acólitos, o el que realizan los ministros o ministras de la eucaristía, servicios que las mujeres vienen haciendo desde hace décadas, con autorización de los Obispos de todo el mundo, aunque no estaba escrito en la ley canónica.

En 1972, el papa San Pablo VI abolió las denominadas “órdenes menores”, el lectorado y el acolitado, pero mantuvo el acceso a estos ministerios sólo para los varones porque los consideraba preparatorios para un eventual acceso al sacerdocio, que sigue siendo exclusivo de los varones. Ahora, el Papa Francisco, a raíz del discernimiento que surgió y se acentuó en los últimos Sínodos de Obispos, oficializa e institucionaliza la presencia de mujeres en los altares para estos ministerios específicos.

En lo formal, lo dispuso a través del motu proprio “Spiritus Domini”, que modifica el primer párrafo del canon 230 del Código de Derecho Canónico, para establecer que las mujeres pueden acceder a estos ministerios y que se les atribuye también mediante un acto litúrgico que las institucionaliza.

Francisco expresó que, con esta modificación, acepta las recomendaciones que surgieron de varias asambleas sinodales, escribiendo que “se ha alcanzado en los últimos años un desarrollo doctrinal que ha puesto de relieve cómo ciertos ministerios instituidos por la Iglesia tienen como fundamento la condición común de los bautizados y el sacerdocio real recibido en el sacramento del bautismo”. Por lo tanto, el Papa nos invita a reconocer que estos son ministerios laicos “esencialmente distintos del ministerio ordenado recibido en el sacramento del Orden”.

La nueva formulación del canon reza: “Los laicos de una edad y unos dones determinados por decreto de la Conferencia Episcopal podrán ser empleados permanentemente, mediante el rito litúrgico establecido, en los ministerios de lectores y acólitos”. Por lo tanto, se suprime la especificación “del sexo masculino” que se refería a los laicos y que estaba presente en el texto del Código hasta la modificación difundida ayer.

Para hablar de este tema, dialogamos con el padre Javier Verdenelli, párroco de la comunidad María Reina de  la ciudad de Córdoba, y Asesor de la Comisión Arquidiocesana de Liturgia.

 

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