Los alcances y el debate en torno a la “extinción de dominio”

miércoles, 23 de enero de 2019
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23/01/2019 – Con esta medida, el Gobierno Nacional espera recaudar entre 250 y 300 mil millones de pesos.

En las últimas horas se publicó, en el Boletín Oficial de la Nación, el texto del decreto de necesidad y urgencia a través del cual el Gobierno nacional puso en marcha el “Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio”, o -para decirlo con palabras más sencillas- el mecanismo para que el Estado les quite a las personas imputadas por delitos de corrupción, narcotráfico o trata, los bienes que habrían obtenido a través de estos delitos.

En el aspecto técnico, este decreto se funda en la modificación del artículo 1907 del Código Civil, que incluye esta nueva modalidad de “extinción de los derechos reales” -como la posesión de una casa, por ejemplo-, y agrega un anexo que define punto por punto cómo será el procedimiento que estará a cargo del fuero civil, es decir, de jueces y fiscales en lo Civil y Comercial, de manera independiente a las causas penales que investiguen los delitos propiamente dichos.

El Gobierno Nacional argumenta que “el fenómeno de la corrupción implica un perjuicio estructural y sistemático al patrimonio y los recursos del Estado, y provoca una afectación a la igualdad de las cargas públicas y genera un enorme costo para la operación eficaz del Estado, a la vez que daña el tejido social y desincentiva el cumplimiento de la ley”.

En eso estamos todos de acuerdo. Pero en lo que no hay acuerdo unánime es en el mecanismo de la “extinción de dominio”, porque puede herir el “principio de inocencia”, por ejemplo. Y también se critica que se lo haya establecido por decreto, y no por ley.

Para analizar este decreto y su aplicación, desde Radio María Argentina dialogamos con Germán Emanuele, director de Transparencia y Lucha contra la Corrupción de Poder Ciudadano quien sostuvo: “Desde Poder Ciudadano hace mucho que venimos abogando por una ley de extinción de dominio pero diferimos en el método utilizado. Hacerlo con un DNU, no estaría dentro de lo constitucional. Se debería discutir en el Congreso”.

César Murúa es politólogo, analista y estudioso de estas herramientas que se usan en el mundo para combatir la corrupción. Respecto a esta disposición Murúa consideró que, “el DNU no es la solución pero es una herramienta más que Argentina necesita para combatir la corrupción. Tiene elementos positivos pero no es la forma que más corresponde”.