Radio María y la nueva Ley de Medios

viernes, 29 de noviembre de 2013
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06/11/2013 – La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictaminó, esta semana, la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La ley fue aprobada en 2009 por el Congreso, pero una medida cautelar otorgada a Clarín dejó sin efecto dos de sus artículos, el 45 y el 161, que regulan las transferencias de licencias y los plazos de aplicación de la norma. Tras cuatro años de demora, la Corte Suprema declaró la constitucionalidad de la nueva legislación.

En ese contexto, el AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación) recibió un plan de adecuación del Grupo Clarín, en el que el multimedio "decidió separar las licencias audiovisuales en seis diferentes unidades empresarias, cada una de ellas respetando los límites del artículo 45 de la ley de Medios", que establece el número de licencias que puede tener cada operador.

En un comunicado, el Grupo Clarín aclaró que "esta adecuación no implica, ni remotamente, la reasignación de nuestros principios ni la claudicación de nuestros derechos, que serán defendidos hasta las últimas instancias".

En diálogo con Radio María, la doctora Susana Pachecoy, abogada especialista en radiodifusión y telecomunicaciones, comentó las implicancias de éste plan de adecuación y explicó la situación de Radio María Argentina en el marco de la Ley de Medios.

La red de Radio María funciona sobre la base de una autorización de hace muchos años del CONFER que permite el funcionamiento de esta red de radios de la Iglesia. En ella se reúnen distintas autorizaciones que permiten la retransmisión de los contenidos. En relación a esta situación, Susana Pachecoy dijo que "esta autorización previa sigue vigente, no ha sido modificada, y en la reunión del 7 de octubre del AFSCA, la autoridad Federal de la Ley de medios, sacó por primera vez autorizaciones a nombre de Radio María y otras de diferentes obispados que estaban pendientes desde hace mucho tiempo. Lo que está haciendo AFSCA en este sentido es aplicar lo que dice la ley. La ley reconoce que la iglesia puede tener autorizaciones de radios, televisión abierta y está puesta en el mismo lugar que los medios públicos ( nacionales, provinciales y municipales) junto con los pueblos originales y las universidades".       

Además, indicó que la situación de los medios de la Iglesia antes de la ley era caótico, porque la ley anterior no preveía el funcionamiento de los medios públicos ni de los medios de la iglesia, sólo preveía el funcionamiento de medios comerciales. Así, "la ley ordena en cuanto a que reconoce los medios públicos entre los cuales entran los de la Iglesia por un rango que deviene de la Constitución y del Código Civil, después los privados comerciales y por otro lado los de las Organizaciónes sin fines de lucro para los cuales la Ley reserva el 33% del espectro".

El conductor de "Tiempo de Noticias", Pablo Giletta, consultó sobre los límites en cuanto a la cantidad de frecuencias: "Los llamados medios públicos no tienen límites en cuanto a la cantidad de frecuencias. El concepto es que entraría uno por cada área de cobertura: por ejemplo, en una ciudad hay una radio nacional, una provincial, una municipal, una de la Iglesia y una de los pueblos originarios. En el caso de la Iglesia, de los pueblos originarios y de las instituciones educativas, no necesariamente tienen una sólo autorización por área de cobertura porque en realidad hay distintos actores que están al frente de esos medios por ende se les asignan más de uno".