Sede vacante y Cónclave

miércoles, 13 de febrero de 2013

¿A qué se denomina Sede Vacante?

Se denomina “Sede vacante”  al período y las circunstancias especiales que se dan cuando una diócesis o iglesia particular queda sin obispo o pastor.

Un caso absolutamente particular, es la Sede Apostólica Vacante, esto es, el período que transcurre tras la muerte o renuncia de un Pontífice (lo que sucede actualmente) y la coronación de su sucesor después de su elección por parte del cónclave.

En este caso quien permanece privada de su propia cabeza es la Diócesis de Roma y, en consecuencia, toda la Iglesia Católica.

La Sede Vacante, en el caso del Papa, está regulada en la primera parte de la Constitución apostólica de Juan pablo II “Universi dominici gregis” ( “Sobre la vacante de la sede apostólica y la elección del romano pontífice, 22 de febrero, 1996) y por el Código de Derecho Canónico.

Las funciones del Papa no son asumidas por nadie; solamente la administración ordinaria puede ser desarrollada por un colegio de tres cardenales que asumen en rotación los diferentes asuntos. A la renuncia del Papa todos los cardenales presidentes de las congregaciones de la curia romana y el Cardenal Secretario de Estado dejan automáticamente sus cargos, a excepción del Cardenal Camarlengo, el cardenal vicario de la Diócesis de Roma y del Decano del Colegio Cardenalicio.

El Camarlengo es quien convoca a los cardenales electores.

Así, transcurridos entre quince y veinte días, los cardenales electores se reúnen en cónclave para la elección del nuevo Sumo Pontífice, por lo que desde el momento de su renuncia, hasta después de conocido el nombre del nuevo Papa, se elimina de la Plegaria Eucarística el nombre del anterior Papa y se menciona únicamente al Obispo Diocesano, si la Diócesis se encuentra ubicada fuera de Roma, mientras que dentro de Roma, será mencionado el Colegio Episcopal.


¿Cómo lo contempla el Derecho Canónico?

 

  • El gobierno de la Iglesia en periodo de sede vacante

 

La Vacante de la Sede romana se puede producir por fallecimiento del Romano Pontífice y por renuncia. Cuando el Papa fallece se produce en ese momento la vacante.

En cuanto a la renuncia, el canon 332 , punto 2 da los requisitos para su validez:

Canon 332: Si el Romano Pontífice renunciase a su oficio, se requiere para la validez que la renuncia sea libre y se manifieste formalmente, pero no que sea aceptada por nadie.

Desde el momento de producirse la vacante se aplica el principio de “nihil innovetur”, o que no se innove nada, según declara el canon 335 que especifica:

Canon 335: Al quedar vacante o totalmente impedida la sede romana, nada se ha de innovar en el régimen de la Iglesia universal: han de observarse, sin embargo, las leyes especiales dadas para esos casos.

El gobierno de la Iglesia se confía entonces al Colegio de los Cardenales, solamente para el despacho de los asuntos ordinarios o de los inaplazables, y para la preparación de lo necesario para la elección del nuevo Papa.

La misión del Colegio de Cardenales en este periodo es la organización del Cónclave y asegurar los derechos de la Sede Apostólica en este periodo

Por regla general, cesan en el ejercicio de sus cargos quienes ocupen funciones en la Curia Romana. Según el art. 6 de la Constitución apostólica Pastor Bonus (Normas generales sobre la Curia Romana – Juan Pablo II) , todos los Jefes de los Dicasterios de la Curia Romana, tanto el Cardenal Secretario de Estado como los Cardenales Prefectos y los Presidentes Arzobispos, así como también los Miembros de los mismos Dicasterios, cesan en el ejercicio de sus cargos.

Se exceptúan el Camarlengo de la Santa Iglesia Romana y el Penitenciario Mayor, que siguen ocupándose de los asuntos ordinarios, sometiendo al Colegio de los Cardenales todo lo que debiera ser referido al Sumo Pontífice.

El artículo 14. 2 indica que tampoco cesan en sus funciones el Cardenal Vicario General de la diócesis de Roma ni el Cardenal Arcipreste de la Basílica Vaticana y Vicario General para la Ciudad del Vaticano. Tampoco cesan los Legados pontificios -Nuncios Apostólicos, Pronuncios y Delegados Apostólicos- al quedar vacante la Sede Apostólica, “a no ser que se determine otra cosa en las letras pontificias” (canon 367).

 

  • El Cardenal Camarlengo

El Cardenal Camarlengo es quien se encarga de la administración de los bienes y de los derechos temporales de la Santa Sede desde que renuncia (o en otros casos muere) el Papa y hasta que es elegido el nuevo Pontífice.

En este caso es el cardenal salesiano y actual Secretario de Estado, Tarcisio Bertone,

Desarrolla amplias funciones en el periodo de sede vacante y en el Cónclave.

Tiene a su disposición un organismo de la Santa Sede, la Cámara Apostólica, cuyas funciones vienen definidas por la Constitución Apostólica Pastor Bonus

 

¿Qué es el Cónclave?

Se denomina “Cónclave” a la reunión de cardenales convocados con el propósito de elegir un nuevo Papa.

La elección de un Papa se conduce tras puertas cerradas, en "cónclave" (del Latín cum+clavis: "con llave").

Los Cardenales se han de reunir en Cónclave para proceder a la elección del nuevo Romano Pontífice.

El artículo 37 de la Constitución apostólica  “Universi dominici gregis” establece que comenzará 15 días después de la vacante de la Sede Apostólica, aunque el Colegio de Cardenales puede establecer otra fecha, que no puede retrasarse más de 20 días desde la vacante.

El espíritu de la legislación en vigor establece que el Cónclave haya de considerarse no un mero lugar de reunión de los Cardenales con derecho a voto, sino más bien un ámbito de retiro sagrado en el que los Cardenales electores invocan al Espíritu Santo para proceder a la elección del Romano Pontífice.

Los cardenales participantes en el cónclave no tienen contacto con el exterior.

Esta práctica fue iniciada por el Papa Gregorio X en 1274 para eliminar interferencias externas y apresurar el proceso electoral, ya que su propia elección se había extendido por casi tres años.

En 1996, Juan Pablo II promulgó "Sobre la Vacante de la Sede Apostólica y la Elección del Romano Pontífice", en la que confirma y precisa la legislación previa y hace algunos cambios menores.

 

  • Quiénes eligen al Papa

El Papa es elegido por la Iglesia de Roma (los cardenales) y no por el colegio de obispos. Los cardenales  están específicamente vinculados a la Iglesia de Roma.

En la actualidad la mayoría de los cardenales son pastores de iglesias geográficamente distantes de Roma, pero ellos están al mismo tiempo incorporados al clero local de Roma.

El Papa  es la cabeza del colegio episcopal y cabeza visible de la Iglesia. Por lo tanto el Papa no es el representante de los obispos. Así como los Apóstoles no escogieron a Pedro, los obispos no escogen al Papa.

Al mismo tiempo, el colegio de cardenales, al tener miembros procedentes de mas de 50 países, manifiesta la catolicidad de la Iglesia en la elección del Papa.

Actualmente el Colegio Cardenalicio cuenta con 183 miembros: 117 electores y 66 no electores.

La Constitución Apostólica “Universi Dominici Gregis” reitera en su artículo 33 la exclusión del derecho de elección activa por parte de cualquier otra dignidad eclesiástica o la intervención del poder civil de cualquier orden o grado.
 

  • Reglas del Cónclave

El Cónclave debe seguir reglas estrictas y detalladas que regulan quienes pueden estar presentes, protegen de influencias o interferencias, incluso especifican como escribir y doblar el voto. Algunas infracciones, como la violación del secreto,  el ceder a la presión de autoridades seculares, conllevan la pena de excomunión.

Para satisfacer las necesidades personales y de orden relacionadas con el desarrollo de la elección, sólo pueden entrar en las zonas reservadas a la habitación o a la elección el Secretario del Colegio Cardenalicio, que actúa de Secretario de la asamblea electiva; el Maestro de las Celebraciones Litúrgicas Pontificias con dos Ceremonieros y dos religiosos adscritos a la Sacristía Pontificia; un eclesiástico elegido por el Cardenal Decano, o por el Cardenal que haga sus veces, para que lo asista en su cargo.

También deberán estar disponibles algunos religiosos de varias lenguas para las confesiones, y también dos médicos para eventuales emergencias. Además, si algún Cardenal lo necesita, puede solicitar la presencia de un enfermero que le acompañe.

Se deberá también proveer oportunamente para que estén disponibles un número suficiente de personas adscritas a los servicios de comedor y de limpieza.

  • Desarrollo del Cónclave

 

El día fijado para el comienzo del Cónclave, por la mañana, se reúnen los Cardenales electores en la Basílica San Pedro, y celebran la Misa votiva «Pro eligendo Papa». Esa misma tarde los Cardenales acuden en procesión a la Capilla Sixtina. Al llegar emiten solemne juramento.

Es misión del Cardenal Camarlengo, ayudado desde el exterior por el Sustituto de la Secretaría de Estado, de que la elección del Papa se desarrolle con la necesaria reserva y discreción. Para ello puede emplear los medios técnicos que estime conveniente, de modo que asegure que no se instalen medios audiovisuales de grabación y transmisión al exterior.

La Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis señala como modo de elección del nuevo papa es la elección por escrutinio, el único modo actualmente válido:  es decir, votación, individual y secreta, de los Cardenales electores.

Se deben realizar dos votaciones cada día, además de una votación la tarde en que comienza el cónclave. Para que sea válida la elección debe contar con dos tercios de los votos. El artículo 74 de la misma Constitución, prevé que, si después de 24 escrutinios los Cardenales no consiguen ponerse de acuerdo sobre el Cardenal elegido, podrán decidir por mayoría absoluta el modo de proceder, pero nunca se deberá prescindir del requisito de exigir mayoría simple para que sea válida la elección.

Después de cada elección se queman las papeletas de votación. La tradición indica que los Cardenales provoquen con paja seca o húmeda que el humo sea negro, si no se ha elegido al Papa, o blanco si se ha elegido al nuevo Romano Pontífice: es la conocida fumata negra o fumata blanca, que suele ver el pueblo romano desde la plaza San Pedro.

Una vez elegido, el Cardenal Decano pregunta al elegido si acepta su elección canónica como Sumo Pontífice. Si el elegido que es Obispo acepta, desde ese momento adquiere de hecho la plena y suprema potestad sobre la Iglesia universal.

Una vez que ha aceptado, le pregunta el nombre por el que quiere ser llamado.

Los Cardenales a continuación le rinden homenaje y le prestan obediencia.

Después el primero de los Cardenales Diáconos -es decir, el Cardenal Protodiácono- anuncia desde el balcón de la Basílica Vaticana al pueblo reunido en la plaza de San Pedro la elección del nuevo Papa, usando la tradicional fórmula: "Nuntio vobis gaudium magnum: habemus Papam!". El Romano Pontífice imparte la bendición Urbi et Orbi.

El cardenal francés Jean-Louis Tauran será el encargado de anunciar el nombre del nuevo Papa que sucederá a Benedicto XVI.

El artículo 92 indica que "el Pontífice, después de la solemne ceremonia de inauguración del pontificado y dentro de un tiempo conveniente, tomará posesión de la Patriarcal Archibasílica Lateranense, según el rito establecido".
 

  • Resumen de algunos puntos importantes del Cónclave:

-Los electores son los cardenales.

-Quedan excluidos del Cónclave los cardenales que hayan cumplido 80 años antes de la muerte del Romano Pontífice, o antes del día en que la sede quedó vacante.

-Todos los que entran al Cónclave, incluso el personal de asistencia, debe prometer solemnemente "absoluto y perpetuo secreto"  Aun las notas tomadas durante la elección deben ser entregadas y quemadas. Nada pueden decir los cardenales sobre la elección sin el permiso explícito del nuevo Papa.

-Lugar de los cónclaves: La Capilla Sixtina, dentro de la Ciudad del Vaticano. 

-Antes de la elección se le impartirá a los cardenales dos conferencias sobre los problemas que la Iglesia enfrenta y sobre la necesidad de un discernimiento cuidadoso al escoger el nuevo Papa.

-Los cardenales dormirán dentro de la ciudad del Vaticano, en Domus Sanctae Marthae.  De allí serán transportados diariamente a la Capilla Sixtina.

-La elección será por voto secreto. Juan Pablo II eliminó la posibilidad de elección por aclamación y la elección por delegación (cuando la mayoría de los cardenales delegan la elección a unos pocos).

-2/3 de votos son necesarios para la elección. Si después de un número especifico de votaciones no se consigue la elección, podrá elegirse por simple mayoría de votos.

-Tras cada votación los votos de la elección son quemados. Desde la Plaza de San Pedro el pueblo observa la chimenea. Cuando el humo de los boletos quemados sale negro, significa que no se ha logrado elegir el nuevo Papa. Cuando el humo sale blanco significa que se ha elegido al Papa. El humo blanco se produce añadiendo paja húmeda a los boletos que se queman.

Entonces repicarán las campanas con gran gozo. ¡Habemus Papa! (tenemos Papa)

-El nuevo elegido es Papa inmediatamente desde que acepta.

-Cuando el nuevo Papa da a conocer el nombre por el que será conocido, los cardenales le declaran obediencia. Enseguida después es proclamado públicamente.