26/05/2025 – El gobierno argentino, bajo la administración libertaria, ha dado un paso extremadamente preocupante al intentar limitar drásticamente el derecho a huelga, una medida que representa una grave amenaza para los derechos de los trabajadores y la justicia social. A través de un decreto que, asombrosamente, retoma apartados de normas ya previamente suspendidas por la Justicia, el Presidente ha categorizado a la educación, la aeronáutica comercial y el transporte marítimo y fluvial como servicios esenciales. Esta clasificación no es inocua: impone la obligación de garantizar un funcionamiento de entre el 50% y el 75% incluso en caso de conflicto, cercenando de forma alarmante la capacidad de los trabajadores para ejercer una de sus herramientas más fundamentales.
Esta embestida contra el derecho a huelga no ocurre en el vacío; se produce en un contexto económico y social de profunda fragilidad para Argentina. El poder adquisitivo de los salarios ha sido brutalmente golpeado desde el inicio de la actual gestión, con una recuperación pírrica que rápidamente se esfumó a finales de 2024. A esto se suma un creciente desempleo y una política oficial deliberada de mantener los aumentos salariales por debajo de la inflación. En marzo de 2025, el salario real registrado se encontraba un alarmante 6% por debajo de los niveles de noviembre de 2023. En este escenario de despojo, la huelga no es un capricho; es la última línea de defensa de los trabajadores para reclamar salarios justos cuando el diálogo es inútil y las condiciones de vida se deterioran sin piedad.
La reacción a esta medida no se ha hecho esperar, y es contundente. Organizaciones gremiales, como la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), han denunciado enfáticamente su inconstitucionalidad, y la Justicia argentina ya está evaluando su legalidad. Este es un indicio claro de la fragilidad jurídica del decreto y de la férrea oposición que enfrenta. El avance del gobierno contra el derecho a huelga no solo es peligroso por sus implicaciones prácticas, sino que también nos obliga a reflexionar sobre los fundamentos profundos de este derecho, su rol insustituible en la búsqueda de la justicia social y por qué incluso la Doctrina Social de la Iglesia lo reconoce como un baluarte de la dignidad humana.
Desde una perspectiva crítica, el derecho a huelga es un pilar inalienable en cualquier sociedad que se precie de ser democrática y justa. La Doctrina Social de la Iglesia lo subraya no como un acto de confrontación sin sentido, sino como un recurso legítimo y, en ocasiones, necesario, cuando todas las demás vías para resolver los conflictos laborales se han agotado. El Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (punto 304) lo define como un método pacífico de reivindicación, un «ultimátum» para exigir mejores condiciones laborales y sociales. La importancia de este reconocimiento radica en la comprensión de que, sin la capacidad de huelga, los trabajadores quedan en una posición de extrema vulnerabilidad, a merced de decisiones unilaterales que pueden socavar su dignidad y su sustento.
Finalmente, esta medida no solo ataca el derecho a huelga, sino que también socava la función fundamental de los sindicatos. La misma Doctrina Social de la Iglesia (punto 305) los reconoce como elementos indispensables de la vida social, garantes de la solidaridad y constructores de un orden social más justo. Limitar la huelga es debilitar a los sindicatos, y debilitar a los sindicatos es silenciar la voz colectiva de los trabajadores. En un momento de profunda crisis salarial, la pretensión de coartar esta herramienta esencial es una señal inequívoca de una política que parece priorizar la contención del descontento social por encima de la defensa de los derechos laborales y la construcción de una verdadera justicia.
Dialogamos con Santiago Saín, abogado laboral.
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