09/09/2025 – En una nueva edición del programa «Por la vida», que aborda cuestiones de bioética a la luz del pensamiento de la Iglesia Católica, el Dr. Nicolás Lafferriere y la Lic. María Inés Franck analizaron el tema de la persona por nacer en el Derecho argentino y su relevancia en vinculación con la bioética.
Durante el programa se explicó que hay una convergencia entre diferentes dimensiones -biológica, filosófica, antropológica y jurídica- que reconocen la existencia de un cuerpo humano desde el momento de la concepción.
“El cuerpo se forma con la unión del óvulo y el espermatozoide. Ahí se forma un nuevo cuerpo, un nuevo embrión. Ese cuerpo es humano, actúa como un organismo. No es lo mismo que un simple conjunto de células. Son células que tienen una unidad interna de crecimiento, de coordinación, de autonomía, que va desarrollándose progresivamente. No se construye con un pegoteo de partes. Es una unidad vital que tiene un principio vital que ya lo moviliza. Eso es un organismo, eso es un cuerpo.”
A partir de esta realidad biológica, se sostiene que si hay cuerpo, hay ser humano, y si hay ser humano, hay persona: “No podemos imaginar seres humanos que no sean personas, o cuerpos humanos que no tengan esa dignidad de ser humano. Porque si así fuera, solo nos moveríamos por lo físico.”
“Entonces el orden jurídico, lógicamente, tiene que decir: hay persona humana desde la concepción. Y es lógico que lo diga para dar certeza de las realidades jurídicas.”
La reflexión propone una coherencia entre los planos biológico, antropológico, filosófico y jurídico. No se puede concebir un ser humano biológico que no sea persona filosófica o jurídicamente. Esto evidencia que el derecho no es una construcción arbitraria, sino que se fundamenta en la realidad.
“El derecho no es una pura creación, sino que reconoce y encuentra fundamento en la realidad. Hay una realidad de las cosas y el derecho opera sobre esa realidad.”
Respecto al estatus de la persona por nacer, se afirmó con claridad que no es menos persona que la ya nacida, aunque pueda ejercer menos derechos.
“El ser persona es un concepto de titularidad de derechos, para el derecho, de titularidad, de reconocimiento, pero que no está asociado a que vos efectivamente ejerzas tal o cual derecho. Hay derechos que yo nunca en mi vida ejercí, y eso no significa que no sea persona porque no los he ejercido.”
“Aunque un recién nacido tampoco ejerce ciertos derechos, eso no significa que no sea persona. Y a nadie se le ocurriría decir que un recién nacido no es persona.”
Finalmente, los especialistas destacaron la sólida tradición jurídica argentina en la protección de la vida por nacer, con casi 200 años de historia: “Esto hace que haya esperanzas. No tenemos que perder la esperanza de que nuestro país revierta su política contra la vida, que es uno de los temas dolorosos del momento.”
Podés escuchar el programa completo en el audio que acompaña esta nota