El aborto de las personas con discapacidad

miércoles, 19 de junio de 2024
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19/06/2024 – Esta semana compartimos una nueva edición del ciclo “Por la vida”, dedicado al análisis y reflexión de los temas vinculados a la bioética, la vida y la familia, desde la perspectiva del Magisterio de la Iglesia Católica.

Nos acompañan en la conducción y producción el Dr. Nicolás Lafferriere y la Dra. María Inés Franck, junto a un grupo de columnistas especializados: Rodrigo Bustos, Inés Candisano, Pedro Crespi, Daniel Vargas, Sofía Bertrán, Matías Palopoli y María Justa Répide

Luego del habitual repaso por las novedades más importantes de la semana, se abordó el tema del impacto de la Ley del aborto y las personas con discapacidad.

“Cumplió un año de la sanción de la ley 27.716, que es la ley de diagnóstico humanizado, y por eso nos parece interesante traer a colación algunos de sus contenidos y, sobre todo, porque puede ser relevante en el contexto del aborto”, comenzaron explicando los especialistas.

“En Argentina la ley de legalización del aborto no menciona expresamente la posibilidad de abortar una persona por nacer en razón de su discapacidad. Pero el tema aparece por dos vías: La primera es en los supuestos de aborto libre. Hasta la semana 14 nadie tiene que decir cuál es el motivo por el cual va a abortar. Y entonces eso genera que la persona, luego de determinadas consultas, pueda abortar en razón de un resultado, por ejemplo de un diagnóstico prenatal adverso. Entonces muchas veces puede suceder que el resultado adverso, dado antes de la semana 14, haya habilitado un aborto. Por lo cual éste se daría bajo el amparo del aborto libre. Ese sería un primer supuesto”, se explicó.

El segundo supuesto es en el caso de riesgo para la vida y la salud de la madre pasada la semana 14. En este caso, cuando hay una situación de discapacidad o de ciertas situaciones que afectan al feto, éstas también impactan en la madre. Es muy subjetiva esta percepción de qué está en riesgo, ya que se puede decir que está en juego su salud psicológica o emocional. Entonces, se pide el aborto por riesgo para su salud en razón de la discapacidad del hijo”.

“Entonces éstas son las  maneras en que el aborto de personas con discapacidad puede reaparecer en el debate aún cuando la ley no dice nada”.

Podés escuchar el programa completo en el audio que acompaña esta nota