Manifestación en el Congreso Nacional a favor “de las dos vidas”. (Foto gentileza Martín Rosenzveig)
18/12/2018 – El Protocolo del Ministerio de Salud del Gobierno provincial, que facilita abortos a mujeres que declaren -sin denuncia judicial- haber sido violadas, estaba suspendido por un planteo de la asociación Portal de Belén, que apelará la decisión ante la Corte Suprema.
Por cuatro votos contra tres, el máximo Tribunal de la provincia mediterránea concluyó que la ONG provida solo había planteado una discrepancia con el permiso excepcional de abortar sin consecuencias punitivas para la mujer que otorga el Código Penal en el artículo 86, incisos 1 y 2. Y que, por lo tanto, no hay “caso judicial”.
El voto de la mayoría, firmado por los vocales Aída Tarditti, Domingo Sesin, Mercedes Blanc de Arabel y Silvana María Chiapero, hizo lugar al recurso de casación promovido por la Provincia (parte demandada) y revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 3ª Nominación, que en 2013 había declarado íntegramente inconstitucional la Resolución 93/12.
Como consecuencia, el TSJ entendió que correspondía rechazar la acción de amparo promovida por Portal de Belén, que pretendía lo que en su momento había resuelto la Cámara, decisión que ahora ha quedado anulada, por lo que el denominado “protocolo” conserva su plena validez.
Desde Portal de Belén, su titular, Rodrigo Agrelo, anticipó que apelarán la decisión ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La cuestión a saber es si la apelación al máximo Tribunal de la Nación tendrá efectos suspensivo del procedimiento que permite la eliminación de personas por nacer.
En la provincia de Santa Fe, por ejemplo, a través de un mecanismo idéntico, el aborto que está prohibido por la Constitución de la Nación y por la ley, ha llevado a que se practiquen más de 600 abortos por año, con el argumento de que fueron fruto de violaciones, por las cuales casi no hay detenidos ni enjuiciados.