Minoridad: ¿Imputable?

jueves, 11 de junio de 2009
Entrevista a Ángeles Palacios, Juez de control, menores y faltas de la localidad de Río Segundo, Córdoba. Juez de Prevención y de Corrección

 

GL: Estuve leyendo una larga lista de jueces que están pidiendo el descenso de la edad de imputabilidad, de manera que a los 14 años un chico ya podría ser imputable.

¿Qué dice la Constitución, qué dice la ley? ¿A partir de cuándo un chico es imputable? ¿Qué considera la ley argentina como “mayor de edad” y para qué?

 

AP: Nuestro país tiene firmada la Convención Internacional de los derechos del niño y por el Art 75 inc 22 de nuestra Constitución, forma parte de nuestra constitución, es decir, tiene la misma jerarquía que nuestra constitución. En la Convención se establece que “niño se es hasta los 18 años”.

            En la convención se establecen distintos capítulos: Menores en riesgo, Menores prevenidos y Menores en conflicto con la ley penal.

            Nuestro sistema penal juvenil no se tiene como código, sino que se tiene una ley nacional y una ley provincial, y hay una cierta dispersión legislativa en esto.

            En nuestro sistema penal, a partir de los 18 años se responde penalmente ante las fiscalías de instrucción, y las cámaras del crimen como si fuera una persona mayor. Para nuestra ley civil la mayoría de edad se alcanza a los 21 años, pero para nuestro sistema penal a los 18 años.

            Desde los 16 a los 18 años, los menores que cometen delitos de penas superiores a los dos años dentro del catálogo penal, se les forma un proceso y se toman medidas tutelares en torno a ellos, y se aplican, y se lleva a juicio esta causa, y lo que se va buscando es el tratamiento tutelar.

            A los menores de 16 años que cometen un delito grave también se les forma proceso. Lo que no se hace es la etapa de juicio, porque se entiende que el menor no está capacitado para concurrir a una audiencia, a enfrentarse con la prueba, a confrontar con las partes. Pero sí se toman medidas tutelares, se va buscando la evolución del menor, se ve cómo la familia busca contenerlo, se ve cómo él va interiorizando, concientizándose el hecho que cometió.

            Tenemos hasta prevenciones de menores de 10 años por hechos cometidos contra la ley penal. Ya desde esa edad hemos tomado cartas en el asunto y hemos aplicado medidas tutelares.

            Creo que en la sociedad hay una cierta desinformación en torno de que no se hace nada con los menores ante estos hechos. Sí lo hacemos, pero pasa que no tenemos un Código penal juvenil que nos diga y nos marque los procesos sino que nosotros vamos viendo de acuerdo a los informes de los institutos, de las psicólogas, de las trabajadoras sociales, cómo va interiorizando ese menor el cumplimiento de la ley, porque lo único que se busca, y que la Convención pone como paradigma, es que el menor no se castigue ni se interne para toda la vida, sino que se re-socialice, comprenda lo que significa confrontar con la ley penal.

            Ante un hecho muy grave cometido por un menor, como es el caso de un homicidio, inmediatamente se toman las medidas adecuadas. El imaginario colectivo es que ese chico, así como cometió el crimen vuelve a su casa y está jugando a la pelota. Eso no es real, y parte del desconocimiento total. Yo soy juez en los dos fueros: de Prevención y de corrección. Tenemos casos en que se comienza a prevenir el medio familiar por estar en situaciones de riesgo, y ordenamos una pericia, que la madre realice tratamiento para ver cómo funciona el chico en la escuela. De pronto llegan a la adolescencia, y estos mismos chicos que estaban en situación de riesgo por descuido de sus padres, pobreza, marginalidad, falta de límites, ingresan como “clientes” de sistemas de menores en conflicto con la ley penal. Esto nos dice: fracasó la prevención. ¿por qué? Por un montón de circunstancias: los padres no pudieron o no supieron, no hubo las respuestas sociales adecuadas cuando el chico está en contacto con menores en riesgo en otras situaciones en igual desprotección que las que está él. Entonces después, inmediatamente, empiezan los conflictos con la ley y tenemos los resultados que tenemos. Entonces hay una pregunta previa: ¿Por qué llegó este menor a confrontar con la ley penal? Esa es la pregunta que como ciudadanos nos increpa, y que como funcionarios nos interpela permanentemente.

¿Dónde está la responsabilidad vital en estas situaciones? ¿Dónde estamos los adultos? La responsabilidad es nuestra nos guste o no. Como padres o la asumimos o la dejamos de lado. Si no tenemos hijos, debemos trabajar igual, si no es porque nos urge y por la solidaridad, aunque sea por conveniencia, porque es una problemática que nos compromete a todos.

            También aquí hay socialmente algo así como una fantasía: el chico de la villa, el que fuma marihuana, etc. Hay como categorías sociales. De pronto nuestros hijos también entran en esas categorías. Estas líneas de “los buenos y los malos” son fantasías. Debemos ponernos en la búsqueda, informarnos y actuar en consecuencia. Así podremos solucionar muchas cosas. Hacerles pagar a los menores el costo de toda estas situaciones económicas, de desorientación de los padres, de situaciones que nosotros los adultos no hemos podido resolver, Es una deuda como sociedad que todos tenemos, es volver a caer en estas sociedades antiguas que se encarnizaban en ofrendar a los dioses niños, bebés…

 

GL: He leído comentarios de otros jueces “ Los tiempos han cambiado”, “la mente de un chico –por no decir ‘la madurez’- hoy, a los 15 años, no es la misma que hace 50 o 70 años” Hoy tenemos chicos “más avivados” (algunos jueces dicen “más maduros”), chicos que entran en contacto con la calle desde mucho antes. No es lo mismo un chico de 14 años ahora que cuando se crearon estas leyes que vos estás comentando. Incluso cuando se pensó en la minoría de edad. Por lo tanto, en vistas a los resultados que tenemos, tenemos que acomodar la ley a la realidad.

RISA DORADA
Es tiempo de ver mariposas que vuelen la risa de un niño,
la luz que encandile los ojos hará encender el destino.
Yeah, yeah, el niño risa dorada.
Es tiempo de ver los milagros que anidan en cada secreto,
andar con los puesto ya es mucho, pasado, presente y futuro.
Yeah, yeah, el niño risa dorada.
Dorada, la risa del niño debe ser así, risa dorada.
El niño lava sus manos con agua bendita del cielo
y en cada mejilla se posa la brisa rosada de un sueño.
Yeah, yeah, el niño risa dorada.
Digo que sí, solo confío en el corazón
y digo que hay más gente buena en el mundo.
La tarde se vuelve milagro, dorada se asoma la luna
y en cada rincón de la tierra los niños derraman dulzura.
Agua bendita del cielo, prepara una linda mañana
mañana bendice la tierra, los niños sonrisa dorada de Marcela Morelo

GL: El abogado penalista Omar Verdeaglia? Afirmaba “lo más acertado es bajar la edad de imputabilidad a los 14 años., El desarrollo mental del niño y del adolescente han avanzado muchísimo. En los años 20, cuando se sancionó nuestro código se incorporaban a la vida social a los 15 años. Hoy ya a los 12 años están incorporados a la vida social. La madurez de los niños ha crecido y es esencial ponerse a la altura del criterio de otros países.”¿Con qué elementos habla de madurez? Los psicólogos y sociólogos hablan de lo contrario: cada vez se retrasa más la madurez de los individuos., Los signos claros de madurez como son el dejar la casa paterna y encarar su propia vida, se automantiene, genera proyectos definitivos, es cada vez más tardía. Antes eso ocurría entere los 23 y 30 años, ahora entre los 30 y 40.

Que los hechos han cambiado no hay duda: tenemos chicos de 12 o 14 años revoleando pistolas por la calle, jugando con armas blancas y es lógico que la sociedad se asuste. Pero también tenemos que decir junto con Ricardo Gil Lavedra, que la sociedad tiene como reacciones espasmódicas: ante un hecho delictivo todos salen a la calle a pedir…¿a pedir qué? ¿Cómo debemos leer esta reacción de la sociedad? ¿qué es lo que está demandando? Los jueces tiene un mandato social: el de hacer cumplir la ley.

AP: Como Institución “Poder Judicial” en todos los estamentos juramos hacer cumplir la Constitución, dentro de la cual está incorporada la Convención de los derechos del niño. En la Constitución y en la convención, todo lo que es aplicación de penas solo tiene un objetivo: la resocialización de las personas. Está vedado constitucionalmente la cárcel como castigo, que se ha demostrado que es un sistema que no conduce a nada porque el castigo genera miedo, y el miedo es una instancia psicológica que uno debe superar. Cualquier reforma que busque el mejor modo de re socializar al niño, bienvenida sea: que tengamos pautas claras, que se aplique régimen tutelar hasta determinado momento mientras este otro se cambia.

            Para los abogados la madurez es un concepto psicológico psiquiátrico que no podemos determinar previamente. Por ejemplo, muchos de los hechos que cometen los mayores, hay una pericia mental obligatoria que se hace en todos los casos para comprobar la comprensión que la persona tiene de las normas, y la capacidad de discernir. Tenemos muchísimos hechos que el código penal no preve la imputabilidad disminuida, sino que existe o no existe: si hay un poquito de comprensión. En este caso tenemos situaciones que están en ‘zonas grises’, son dudosas. El concepto de madurez es muy complicado de definir, y no deben definirlo los abogados sino los especialistas: psicólogos, psiquiatras, sociólogos. ¿Cuándo un niño puede comprender la ley? Esto no implica que no podamos, mientras tanto, mejorar el sistema de aplicación de las leyes, para lo cual también es imprescindible que haya institutos adecuados, porque ¿qué hacemos con un Código penal juvenil espectacular, si no tenemos dónde colocar a los menores? Si los institutos que debieran acogerlos no cumplen las mínimas normas de dignidad, no se puede tener allí a menores, y hay que dejarlos ir. Por eso vuelvo a esto de que no podemos hacer pagar a los menores lo que nosotros no le supimos dar.

            Yo también estoy en la calle, también me han arrebatado y herido, soy madre de 4 hijos y conozco la realidad adolescente. Hay un punto que yo como persona de derecho no termino de entender. Nosotros juramos por la Constitución y hacerla cumplir. Pero la sociedad nos demanda. Si fuera por la gente, quisieran que los menores desaparecieran, que les aplicáramos la pena de muerte a los 12 años en hechos graves. Los textos legales y las normas dicen otra cosa, y nosotros como jueces no debemos responder a la emocionalidad con más emocionalidad sino con más razonabilidad. De pronto sale una ley como la Blumberg. En el 2003 se llegó a dictar en el mismo día dos leyes agravando las penas del Código penal. ¿Y vimos mejorar la situación de la calle? No sirvió de nada ni va a servir. Los chicos de 12 años que andan con un revolver en la mano no dejan de delinquir porque ni siquiera se enteran de estas cosas. Endurecer las penas no conduce a nada. En Alemania, por ejemplo, la pena máxima son 12 años de prisión y ellos aplican todas las otras alternativas a la pena de prisión. A partir de ahí recuperan.

El sistema penal no sirve para disuadir ni para prevenir, ni educa, porque no está pensado para eso. Estos son conceptos muy importantes que hacen a la vida de nuestros hijos o allegados. ¿Quién no tiene un hijo o sobrino o amigo que está concurriendo a ambientes donde toma alcohol el fin de semana o hay chicos que se drogan? El riesgo que corren es muy alto. Si endurecemos las penas y después tomamos decisiones que nos pesen un montón… Y la pena debe ser solamente en vistas a resocializar a las personas, y no debemos dejar de intentar eso aunque parezca imposible en algunos casos. De lo contrario, como sociedad, nos transformamos en asesinos y perdemos del todo la cordura. Demasiado ya vamos viviendo con los hechos. Como dice Zafaroni nosotros como personas del derecho no podemos responder a la emocionalidad con más emocionalidad sino con más razonabilidad y con la aplicación de la ley. Zafaroni es Ministro de la Corte Suprema de Justicia y que tiene un proyecto para esto. Además es un extraordinario jurista.

            Ahora la gente piensa: mientras el delincuente se resocializa, yo tengo miedo, y no quiero que estos chicos que andan con un revolver en la mano estén sueltos. Acá puede quedar la idea de que nosotros queremos darles a los chicos muchos derechos y ningún deber ni responsabilidad.

 
 

“Todos los niños somos iguales” “todos los niños tenemos derecho a ser felices” Hoy hagamos valer nuestros derechos”

No dejes que nadie te arrebate la ilusión a ser feliz. No dejes que nadie apague esa luz que está en tu corazón, y lucha contra todo aquel que no respete tus derechos a ser un niño lleno de amor y de paz, mucha paz.

Tienes derecho a ser feliz. Tienes derecho a estudiar. Tienes derecho a la salud. Tienes derecho a denunciar a quien te explote o te maltrate, te discrimine o abuse de ti. Tienes derecho a alimentarte y a jugar y a reir. Tienes derecho a ser feliz

 

…UN MAGISTRADO español, juez de menores de granada conocido por sus sentencias ejemplares, ha publicado un libro “Reflexiones de un juez de menores”. Distintas sentencias:

       100 hs de clases de informática a un joven que había crakeado varias empresas granadinas provocando daños por 2000 euros

       100 hs de servicio a la comunidad patrullando junto a un policía local por haber conducido temerariamente y sin permiso

       50 hs dibujando un comics de 15 páginas en la que cuenta la causa por la que le condenaron

       Visitas a la planta de traumatología de Granada por conducir un ciclomotor sin seguro.

Sus sentencias educativas, han bajado la delincuencia en Granada y han aumentado el número de menores que no reinciden en el delito

AP: Todos los jueces hacemos eso, y eso no se sabe y no interesa. Por ejemplo, yo en todos los menores que abusan del alcohol o que están en el boliche y conducen imprudentemente los obligo a ir a la escuela y nos tienen que traer y mostrar el boletín. Un ejemplo concreto: un profesor de una escuela para adultos, me lleva a un menor,(que se llevó 5 amigos de testigo). Cuando le pregunto en qué año de la escuela está, me dice que abandonó. Le digo: tu pena será ir a la escuela y llevar junto a esos 5 amigos. A esto, el profesor me dice ‘qué buena pena que me impone a mí: tener todos juntos a este grupete’. Le respondí en tono de broma ‘Ese es el aporte que ud. hace por los honorarios que le pagan’.

            Muchas veces nos preguntamos por qué nos traen a tal o cual menor, cuando en realidad debieran traernos a los padres: si este menor conduce sin permiso, es porque hubo un adulto que le dio la llave del vehículo. Que el menor esté pagando consecuencias también es todo una pregunta. A diario tenemos casos como por ejemplo, una madre que viene a plantear que le va a dar de elegir a su hijo de tercer grado si sigue yendo o no al colegio. No se puede dar a un menor de 8 años elegir sobre eso! Otra señora dándole la teta a un hijo de 5 años porque ‘llora si se la quita’. Señora ¿sabe ud. cuántas lágrimas va a derramar su hijo en la vida sin que ud. esté al lado?

            Los adultos tenemos miedo de ejercer la autoridad con nuestros hijos, de ponerles límites. Se declaran impotentes frente a sus hijos que después la justicia los encierra. Y una cosa es el chico que sale de un nivel social medio en un auto de su padre y comete un accidente, y otra es el menor que sale a delinquir, desde un nivel social bajo, posiblemente en muchos casos habiendo estado institucionalizado en la infancia, con carencias afectivas, psicológicas, emocionales y de todo tipo, sin una contención familiar. Ese padre de nivel social medio es el que va a venir a reclamar con relación al otro muchachito que le apliquemos el máximo de pena posible y lo encerremos y si pueden no verlo más mejor.

            Yo entiendo que cuando uno comete un hecho delictivo, del stress post traumático es muy difícil salir. Es cierto: los hechos delictivos producen un impacto porque son violencia muy directa, pero en esto nosotros no podemos responder con más violencia. Tenemos que generar nuevos sistemas. Todos los proyectos de Latinoamérica donde ya tienen proyectos penales juveniles, las penas máximas previstas entre 14 y 16 años de edad son 3 años de encierro, tratamiento tutelar, institucionalización o el nombre que le quieras poner. Ese menor tiene que re-sociabilizarse y seguir la vida para adelante. Por aberrante que sea el hecho cometido, si no lo ayudamos es responsabilidad nuestra.

Parte de una conferencia de un juez de menores de España “Según el art. 154 del Código civil de España dice ‘los hijos no emancipados están bajo la potestad del padre y de la madre. La Patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos de acuerdo con su personalidad, y comprende los siguientes deberes y facultades de los padres: velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral, representarlos y administrar sus bienes. Los padres podrán en el ejercicio de su potestad, reclamar el auxilio de la autoridad, y podrán también corregir razonable y moderadamente a los hijos”. Pero como puedo corregir razonable y moderadamente a mi hijo, si resulta que mi hijo me dice ‘no me toques que te denuncio, no me mires que te denuncio, no entres en mi cuarto, no escuchen mi conversación telefónica, no me registren las cartas, no me busques el disco duro de mi ordenador… ¿hasta dónde?… derechos, derechos, derechos. Pero el Art 155 dice ‘los hijos deben: obedecer a sus padres mientras estén bajo su potestad y respetarles siempre, y contribuir equitativamente según sus posibilidades al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella’. Luego, el pertenecer a una familia, no es jauja: tienes tus derechos, pero también tienes tus deberes. Lo que pasa es que hemos evolucionado mucho en muy poco tiempo: hemos pasado del estado pre constitucional al estado democrático de derecho, y hemos pasado del padre autoritario pre constitucional a la corriente psicológica sociológica evolutiva del comportamiento de que hay que dialogar y argumentar y hay que razonar con nuestros hijos, y como en este país no tenemos término medio pasamos del padre autoritario al colega del hijo. Yo no soy colega de mi hijo ni soy su amigo: soy su padre –porque si soy amigo de mi hijo, lo dejo huérfano-. Pongo un ejemplo: Padre pre-constitucional: Hijo, tómate la sopa. El hijo dice: no quiero sopa. Padre. Si no almuerzas la sopa meriendas la sopa y si no la meriendas cenas la sopa. Y se acabó. Padre post-constitucional que conoce de la corriente psicológica sociológica evolutiva del comportamiento de que hay que dialogar y argumentar y hay que razonar con nuestros hijos: ‘hijo tómate la sopa’ Y el hjjo: pues que no quiero. Y el padre razona y le explica: pues que si no te la tomas entrarás en un estado anoréxico perjudicial para tu salud. Yo creo que te deberías tomar la sopa, no obstante, tú decides.’ A las dos de la tarde el padre tira la sopa y le prepara dos filetes con papas fritas. Yo tengo 50 años y hemos sido la generación perdida: fuimos esclavos de nuestros padres y ahora somos esclavos de nuestros hijos. Con la escuela pasa lo mismo: hemos pasado de jueces marciales a maestros que ya no son maestros porque somos todos iguales, y las clases de una hora duran 45 minutos, y da clase al que tiene interés. Y encima hemos invertido la carga de la prueba: cuando yo llegaba a mi casa con una mala nota mi padre me decía por algo será. Ahora llega tu hijo, te dice que lo echaron de la clase, montas en cólera y tomas a tu niño de la mano y vas en busca del profesor que ha tenido la osadía de expulsar a tu niño de la clase.

            Ahora tenemos la ley de protección de los menores, que nos dice que cualquier persona o autoridad que tenga conocimiento de que un menor no está escolarizado o no asiste en forma regular sin justificación durante el período obligatorio deberá ponerlo en conocimiento de las autoridades públicas competentes que implementará las medidas necesarias para su escolarización

            Cuando llega un menor al juzgado con cara de delincuente –muchos tienen cara de delincuente sin serlo-, siempre hay algo en la casa. Si solucionamos lo que sucede en esa casa y solucionamos el fracaso escolar estamos solucionando muchísimo de delincuencia juvenil.  Ya es hora que las cuestiones de menores sean cuestiones de orden público: esto es responsabilidad de TODOS. Creo que hemos perdido el norte: te pillan tomando un cangrejo de la laguna y tienes 2 años de prisión porque estás atentando contra la fauna. Te pillan fomentando que tu hijo no vaya al colegio, y vamos a discutir si es un ilícito penal, administrativo o civil. Y hasta que terminamos de discutir eso, el niño se nos ha hecho ‘doctor honoris causa’ y no sabemos que obligación tiene el que ha inflingido esa obligación…”

AP: Quiero hacer relación entre el tema de niños judicializados con esta necesidad de familia que acojan a niños institucionalizados. Tenemos que concientizarnos y responder en la medida de nuestras posibilidades. Me pregunto muchas veces ¿para qué queremos los padres a nuestros hijos?. Muchas veces no es para dar amor sino para suplir un hueco. La invitación es brindar amor y cuidado a menores de nuestra sociedad. De esta manera estamos haciendo prevención de delincuencia. Hace falta atención personalizada, sobre todo entre 0 y 5 años. (En la provincia de Córdoba: TEL 4343456 al 59 int 151 para gente que esté interesada en acoger transitoriamente a estos niños, NO ES PARA ADOPCION PLENA)

            Hagamos futurismo con estos chicos : cuando crezcan institucionalizados, despersonalizados (al no tener referencia del otro como papá y mamá, con más peligro cuando son entre 0 y 5 años, se le genera un gran conflicto en la personalidad por no tener con quien identificarse) terminarán escapándose, a ningún lugar. En esta situación de calle ¿qué podemos esperar de él? ¿qué le dio la sociedad a él cuando él la necesitó? No debemos hacernos los tontos y responder socialmente. Cuando en la cámara del crimen se comienza a indagar en la historia personal del que cometió un delito, uno se pregunta, con esa historia ¿qué me hubiera pasado a mí en esa situación?. De pronto, personas que lo hemos tenido todo, o al menos, hemos tenido posibilidad de progresar, de plantearnos y replantearnos nuestra existencia, hemos tenido alternativas y hemos podido modificar nuestra propia historia vital, juzgamos a personas que no han tenido absolutamente nada.

GL: Dejamos claro que en este momento, un niño que comete un delito no es un niño que entra al juzgado por una puerta y sale por la otra.

AP: Por supuesto. Es cierto que no tiene el mismo régimen penal que el adulto pero ¿por qué razón? Porque el menor no tiene la misma comprensión que el adulto. Tampoco nadie va a dar a un menor la misma responsabilidad que a un adulto: nadie lo va a contratar para ejercer un puesto de gerenciamiento por ejemplo, porque no tiene la experiencia. Es cierto que muchas veces cometen hechos aún más violentos que los adultos, porque no miden ni piensan en las consecuencias ni se las representan. Tal vez un menor que mata a alguien fue la primera vez que vio a alguien muerto. Antes de cometer el hecho no pudo representarse que de su gatillo iba a salir la muerte de una persona.

            A mi me interesa clarificar esto: los jueces ¿cómo resolvemos, cómo formamos nuestro conocimiento de una causa? Los jueces no condenamos ni absolvemos nosotros. Lo que lo hacen son las pruebas en la causa. Y en esto nosotros tenemos el aporte interdisciplinario de un montón de personas que trabajan junto con nosotros. Por ejemplo en el tema de la comprensión de la criminalidad del hecho, la posibilidad de dirigir sus conductas, yo necesito peritos psicólogos y psiquiatras que me lo digan. En el retiro de un niño o en decisiones de internación, no tomo la decisión porque a mi me parece terrible el hecho, sino porque tengo una trabajadora social que me dice que la familia de ese menor no puede contenerlo, y una psicóloga que me dice que el menor está en alto riesgo y que a veces necesita una pericia psiquiátrica para completar su informe. Son todos profesionales que aportan al juez para que tome la decisión más acabada. ¿Cuándo liberamos al menor? –que en realidad, es un régimen de libertad asistida, que controlamos todos los meses, con un operador que vaya al domicilio para ver- Cuando tenemos datos ciertos de que la familia puede contenerlo, cuando los psicólogos nos informan que el niño ha comprendido lo que ha hecho y nosotros lo corroboramos en la audiencia de que está arrepentido, que quiere cambiar. Y aún así, durante un año tiene el operador que lo controla.

            El Juzgado de menores acepta todo tipo de denuncias, inclusive las anónimas. A veces la gente llama cuando hay menores no escolarizados por ejemplo. Nosotros vamos a comprobar si esa situación que nos plantean es real y hay una situación de riesgo porque los padres no se hacen cargo del menor, y entonces intervenimos                                          

GL: Gracias Angeles por tu tiempo y será hasta cualquier momento.