5/01/2019 – Estacionar cerca de un río y poder hacer uso de estas fuentes de agua es, desde hace un largo tiempo, otros ítems que hay que anotar en la columna de los gastos para aquellos turistas que deciden vacacionar en algún destino de las sierras de Córdoba o de otras partes del país.
Es que la mayoría de las comunas y de los municipios que han sido bendecidas por el paso de un curso de agua aprovechan las ansias de turistas y de vecinos de aplacar el calor o de buscar un lugar para el descanso y sacan beneficios económicos de ello.
La excusa es siempre la obtención de fondos para la limpieza de los balnearios y la manutención de los espacios verdes.
Muchos turistas se quejan por los precios del estacionamiento y el derecho al uso de los ríos pero, ¿es legal este cobro?, ¿Que dice la ley argentina al respecto?
En diálogo con Radio María Argentina, el abogado ambientalista, Enrique Viale explicó: “Los ríos de nuestro país son públicos, eso lo establece el Código Civil y también establece una franja, de 15 metros de cada uno de los dos lados que tienen que ser libres por lo cual debería haber un acceso público razonable para acceder a este bien público que son los ríos. A partir de la reforma del Código Civil (en el año 2015), se achico esa franja a 15 metros (antes era de 35 metros) pero los ríos siempre, con el anterior y con el actual Código Civil, son público, aún si están dentro de una propiedad privada los ríos no pertenecen a esa propiedad”.
Cada verano la polémica se actualiza con las protestas de muchos turistas que no están dispuestos a pagar por el estacionamiento de sus automóviles sobre calles que son de uso público o por el derecho que los habilite a usar los ríos.
Las quejas de los turistas se multiplican año tras año y muchas veces, lo usuarios no conocen cuales son sus derecho frente a esta práctica.
Mariela Moncada, es abogada especialista en derechos al consumidor y titular de la ONG Protectora Córdoba. En contacto con nuestra radio, Moncada aseguró que “hay muchísimo abuso con respecto a esto porque se hace como un combo perfecto entre el desconocimiento que tenemos los ciudadanos en general y el oportunismo de algunos de querer lucrar con actividades que no están permitidas”.
Según la letrada “a nivel general, cualquier acceso público por calles a ríos o a lugares de corrientes de agua son públicos. Entonces, al ser público, el acceso debe ser público y la permanencia debe ser pública y sin ningún tipo de restricción pero, con respecto ha esto pueden haber municipios que regulan respecto al tránsito, locación, etc por lo cual el municipio tiene potestad para pedir un pago por lo cual debe haber una ordenanza para permitir eso. En la mayoría de los lugares no existe esta ordenanza y se cobra por uso y costumbre”
Moncada recomendó que “si nos cobran debemos preguntar por la ordenanza que existe en el lugar que autoriza la tarifa y al que nos cobra pedir un ticket cuasi fiscal que blanquee esa actividad”.
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