22/02/2021 – Desde el 1 de marzo, todos los contratos de alquiler deberán ser informados a la AFIP, según lo establece una resolución publicada en el Boletín Oficial la semana pasada, una resolución que establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida dentro del régimen de registración de contratos de locación de inmuebles.
La obligación recae sobre los propietarios de inmuebles que estén alquilados o sus representantes, es decir, inmobiliarias o gestores. Se trata de la reglamentación de uno de los artículos de la nueva ley de alquileres, específicamente, la parte que hace mención a la creación de un Registro de Alquileres.
Asimismo, se estableció que los contratos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril.
El objetivo de esta medida es luchar contra la informalidad en materia de alquileres. Contra esa informalidad de la cual, a veces, algunos se aprovechan. Y, de paso, incrementar la recaudación fiscal por la vía del blanqueo de los ingresos por alquileres que algunos ocultan para no tener que pagar más impuestos.
Para conocer más sobre esta nueva disposición estuvimos en en contacto con Maximiliano Vittar, de la agrupación “Inquilinos Córdoba” quien dio más detalles al respecto.
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