25/08/2022 Esta semana, en “Enseñanzas desde el Magisterio de la Iglesia”, comenzamos a adentrarnos en la lectura y conocimiento de la Constitución Sacrosanctum Concilium sobre la Sagrada Liturgia. Un documento que fue aprobado el 4 de diciembre de 1963, al final de la segunda sesión del Concilio, presidida por el Papa Pablo VI.
Sucedió algo que no había acontecido nunca en la historia de la Iglesia: ningún Concilio había dedicado a la liturgia todo un documento. Era la primera vez que una asamblea ecuménica trataba sobre la liturgia en su totalidad, sobre sus principios bíblico-teológicos, así como sobre sus aspectos celebrativos y pastorales concretos.
El Padre Javier recordó las palabras de Piero Marini, arzobispo de la Curia Romana: “este acontecimiento tiene una herencia recibida del pasado”. Es el punto de llegada de la renovación de la liturgia iniciada por el movimiento litúrgico.
El Papa Pablo VI, plenamente consciente del valor y del significado de esta circunstancia, se hizo intérprete de la alegría de toda la Iglesia: «Nuestro espíritu exulta de gozo ante este resultado. Nos rendimos en esto el homenaje conforme a la escala de valores y deberes: Dios, en el primer puesto; la oración, nuestra primera obligación; la liturgia, la primera fuente de la vida divina que se nos comunica, la primera escuela de nuestra vida espiritual, el primer don que podemos hacer al pueblo cristiano, que con nosotros cree y ora, y la primera invitación al mundo para que desate en oración dichosa y veraz su lengua muda y sienta el inefable poder regenerador de cantar con nosotros las alabanzas divinas y las esperanzas humanas, por Cristo Señor en el Espíritu Santo» (Discurso de clausura de la segunda sesión del Concilio, 4 de diciembre de 1963, n. 12: Concilio Vaticano II, BAC, 1966, p. 974).
Sobre esto, el padre Javier señaló: “Pablo VI expresaba el motivo por el cual éste es el primer gran fruto de la discusión: la sinodalidad conciliar”.
El director de Radio María resaltó la figura del teólogo dominico Yves Congar, quien dijo: «Ha sucedido y se ha consolidado en la Iglesia algo irreversible» (Informations Catholiques Internationales 183). Esa «irreversibilidad» radica enteramente en lo que el Espíritu Santo ha querido decir a las Iglesias (cf. Ap 2, 7) a través de la constitución conciliar sobre la liturgia. Aquí reside el núcleo profundo, permanente y, en cuanto obra del Espíritu en la Iglesia, el núcleo evangélico del texto.
En cuanto a la vinculación ecuménica de la Iglesia, el padre Javier dijo que este tema está planteado dentro del Concilio. Por ejemplo, “el reconocimiento mutuo con otras iglesias del bautismo que se lo considera el mismo sacramentalmente hablando”, mencionó y agregó: “estas acciones nos van aproximando a un modo común de celebrar la fe con otros credos”.
La Sacrosanctum Concilium es el punto de llegada de la renovación de la liturgia iniciado por el movimiento litúrgico, que la constitución misma reconoce como «un signo de las disposiciones providenciales de Dios sobre nuestro tiempo, como el paso del Espíritu Santo por su Iglesia» (n. 43).
Así pues, volver a la Sacrosanctum Concilium no sólo significa consultar un documento conciliar, sino también beneficiarse del fruto maduro del largo y arduo camino que ha llevado a la Iglesia católica a remontarse a las fuentes de su liturgia para poder «favorecer con diligencia una reforma general de la misma liturgia» (ib., 21). El padre Javier dijo que, “hay un beneficio del fruto maduro del largo y arduo camino que ha llevado a la Iglesia Católica a remontarse a las fuentes de la liturgia para poder favorecer una reforma general de la misma liturgia”.
Por tanto, volver a la Sacrosanctum Concilium significa en primer lugar no olvidar hoy la herencia del pasado y sobre todo el interés, el estudio y el amor a la liturgia que caracterizaron el camino del movimiento litúrgico y que hicieron posible ese documento, en el que coincidieron el interés y el consenso de casi todos los padres conciliares.
El p. Javier Soteras nos acompaña cada miércoles en este espacio