Argentina incorporó normativa de protección al consumidor en el comercio electrónico

jueves, 10 de septiembre de 2020
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10/09/2020 – En los últimos días, el Estado argentino incorporó a su legislación una serie de exigencias que se comparten con otros países del Mercosur para quienes ofrecen servicios y productos a través de Internet, para resguardar los derechos de los consumidores.

Por ejemplo, a partir de ahora, con esta medida, los que ofrecen productos y servicios deben o deberían poner a disposición de los consumidores el nombre comercial y social, la dirección física y electrónica, y el correo electrónico de servicio de atención al consumidor.

Carlos Molina Sandoval es abogado, doctor en derecho, profesor de la Universidad Católica de Córdoba, autor de un libro sobre derecho de consumo y experto en comercio electrónico o del e-commerce.

En diálogo con nuestra emisora, Molina Sandoval sostuvo: “Esto se enmarca en todo un esquema que la cuarentena ha generado a la hora de la comercialización a través del comercio electrónico o plataformas, etc. Esta norma es, básicamente, una norma de tutela del consumidor, en este caso en el comercio electrónico pero que no es distinta a la norma de tutela en otras áreas”.

El especialista también destacó que: “la ley impone de manera muy fuerte la obligación de proveer información. Obviamente que, todo el régimen del consumidor tiende a tutelar al débil, es decir al consumidor”.

 

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