16/11/2021 – En “Enseñanzas desde el Magisterio de la Iglesia” concluimos el Capítulo 3 del documento ‘Lumen Gentium’, del Concilio Vaticano II, junto al padre Javier Soteras.
Este capítulo trató acerca de la Constitución Jerárquica de la Iglesia, principalmente el Episcopado.
En el punto 27 leemos: “Los Obispos rigen, como vicarios y legados de Cristo, las Iglesias particulares que les han sido encomendadas, con sus consejos, con sus exhortaciones, con sus ejemplos, pero también con su autoridad y sacra potestad, de la que usan únicamente para edificar a su grey en la verdad y en la santidad, teniendo en cuenta que el que es mayor ha de hacerse como el menor, y el que ocupa el primer puesto, como el servidor (cf. Lc 22, 26-27)”.
“Es un gobierno en clave de servicio -señaló el padre Javier- y que lo hacen con el modo y el estilo de Jesús, que es quien les confía el ejercicio de este ministerio”.
“Esta potestad que personalmente ejercen en nombre de Cristo es propia, ordinaria e inmediata, aunque su ejercicio esté regulado en definitiva por la suprema autoridad de la Iglesia y pueda ser circunscrita dentro de ciertos límites con miras a la utilidad de la Iglesia o de los fieles. En virtud de esta potestad, los Obispos tienen el sagrado derecho, y ante Dios el deber, de legislar sobre sus súbditos, de juzgarlos y de regular todo cuanto pertenece a la organización del culto y del apostolado”.
“El Documento insiste en qué tipo de gobierno y qué tipo de autoridad. Para esto tienen derechos y obligaciones y lo hacen a favor del bien, del culto y del apostolado”.
padre Javier Soteras, Director de Radio María
Te invitamos a escuchar el programa completo en el audio que acompaña esta nota
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