La ley electoral y la captación de votos con fondos públicos

martes, 2 de noviembre de 2021
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02/11/2021 – Estamos a 12 días de las elecciones legislativas nacionales, entramos en el tramo final de una campaña que, lamentablemente, no tiene muchas propuestas de parte de los candidatos… propuestas que vayan un poco más allá de las consignas básicas del tipo: “nosotros somos mejores, y aquellos son peores… votanos a nosotros”… Eso es lo que más escucha, a la par de los anuncios de los gobiernos (nacional y de las provincias) que buscan sacar rédito electoral de lo que se hace con recursos públicos.

Esto de usar los recursos públicos -en tiempos de campaña- para el rédito del partidario que gobierna, está prohibido por la ley electoral. Tanto es así que a nivel nacional, la jueza federal con competencia electoral María Servini, le prohibió al Gobierno nacional, días atrás, la implementación del bono de $15 mil para artistas que anunció el Poder Ejecutivo, por lo menos mientras dure la campaña.

Esta jueza admitió y ordenó una medida cautelar pedida por un abogado de la oposición, para impedir la ejecución del Programa de Apoyo Extraordinario Cultura Solidaria, que contemplaba el pago de 15 mil pesos a los artistas, en el marco de un programa ofrecido por el Ministerio de Cultura de la Nación.

Lo mismo dispuso la jueza Servini hace dos semanas, cuando impidió también el lanzamiento de un bono de 5 mil pesos para que los jóvenes de bajos ingresos puedan participar de recitales, bailes, ir al cine y al teatro, entre otras cosas. La jueza ordenó que la entrega de ese dinero se realice después de las próximas elecciones.

El fundamento que esgrimió la magistrada es que, según el Código Electoral nacional, durante la campaña electoral la publicidad de los actos de Gobierno no puede tener “elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio”, y que está prohibido desde 25 días antes de las elecciones “el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio”.

El objetivo es que los que gobiernan, no usen los recursos públicos para hacer campaña en beneficio del propio partido, porque se supone que eso pone en inferioridad de condiciones a los partidos que no están en el Gobierno y que, por lo tanto, no cuentan con fondos públicos para autobeneficiarse.

Es un tema muy polémico, pero que merece una reflexión, sobre todo para que cada uno pueda formarse una opinión que sume a la participación ciudadana que tanto necesita nuestra democracia.

Para ayudarnos a reflexionar sobre el tema, lo que dice el Código Electoral, las interpretaciones que se hacen de él, nos contactamos con César Murúa, politólogo, docente e investigador de la Universidad Católica de Córdoba.

También dialogamos con el padre Munir Bracco, de la Pastoral Social de Córdoba, quien nos contó sobre las respuetas recibidas  a las preguntas que la Pastoral Social envió a todos los candidatos de Códoba.