06/05/2026 – La reciente modificación de la Ley de Glaciares volvió a colocar en el centro del debate público la tensión entre desarrollo económico, explotación de recursos naturales y protección ambiental. La reforma, sancionada por el Congreso el pasado 9 de abril a impulso del Gobierno nacional, modificó aspectos centrales de la normativa vigente desde 2010, que había establecido presupuestos mínimos para la protección de glaciares y ambientes periglaciares considerados reservas estratégicas de agua dulce.
La nueva legislación flexibiliza restricciones que hasta ahora limitaban la actividad minera en zonas cercanas a glaciares, habilitando la posibilidad de desarrollar emprendimientos extractivos en áreas antes protegidas. Frente a este escenario, organizaciones ambientales y jurídicas presentaron un amparo colectivo ante la Justicia federal de La Pampa solicitando la inconstitucionalidad de la reforma y una medida cautelar que suspenda su aplicación en todo el país.
Entre las entidades impulsoras se encuentran la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y Greenpeace, acompañadas por más de 850 mil firmas ciudadanas. Andrés Nápoli, director ejecutivo de FARN, sostiene que “la modificación de la ley implica un retroceso muy grave en materia ambiental, porque reduce los niveles de protección sobre ecosistemas fundamentales para el abastecimiento de agua y habilita actividades de alto impacto en zonas extremadamente sensibles”.
Según explica, la preocupación no se limita únicamente a la cuestión minera, sino al modelo de desarrollo que subyace detrás de la reforma. “Los glaciares no son solamente masas de hielo. Son reservas estratégicas de agua para las generaciones presentes y futuras. Debilitar su protección en un contexto de crisis climática global es una decisión sumamente riesgosa”, advierte.
Desde las organizaciones que impulsan el amparo remarcan además que la ley original había sido fruto de años de debate técnico, científico y social. En ese sentido, Nápoli señala que “la normativa de 2010 colocó a la Argentina en una posición de avanzada en materia de protección ambiental. Lo que se está haciendo ahora es alterar ese consenso para favorecer intereses económicos de corto plazo”.
Uno de los ejes centrales de la presentación judicial apunta precisamente a la posible vulneración de principios constitucionales y ambientales ya reconocidos por la legislación argentina. “La Constitución establece claramente el principio de no regresión ambiental. Eso significa que el Estado no puede disminuir niveles de protección ya alcanzados. Y entendemos que esta reforma avanza exactamente en sentido contrario”, afirma el titular de FARN.
Al mismo tiempo, el debate vuelve a poner sobre la mesa el vínculo entre política ambiental y participación ciudadana. Las más de 850 mil firmas que acompañan el reclamo reflejan, según las organizaciones, una creciente preocupación social por el cuidado de los bienes comunes. “Hay una conciencia cada vez mayor de que el ambiente no puede quedar subordinado únicamente a criterios económicos. La ciudadanía entiende que el agua, los ecosistemas y el equilibrio ambiental forman parte de un patrimonio colectivo que debe ser protegido”, destaca Nápoli.
En este contexto, la Justicia deberá resolver si la reforma se ajusta o no a los principios constitucionales vigentes. Mientras tanto, el conflicto deja expuesta una discusión de fondo sobre el rumbo ambiental del país y el rol del Estado frente a recursos estratégicos esenciales para la vida. Como resume Andrés Nápoli, “lo que está en juego no es solamente una ley, sino la manera en que entendemos el desarrollo y nuestra responsabilidad frente a las futuras generaciones”.