15/04/2019 – Una fuerte polémica desató el fallo de un juez porteño que ordenó a la Ciudad de Buenos Aires que “prohíba en forma inmediata” el funcionamiento de las empresas de delivery y mensajería en bicicleta y moto que actúan dentro de la Capital hasta que acrediten “judicialmente la adecuación” a los requisitos legales estipulados por la normativa de tránsito vigente.
Los repartidores de estas firmas no podrán volver a las calles hasta que no estén inscriptas en el Registro Único de Transporte en Motovehículos y/o Ciclorrodados y garanticen que todos los trabajadores “circulen con casco”, que “la caja portaobjeto esté anclada a la moto o bicicleta y no en la espalda” del conductor, que posean “seguro de vida y accidentes” y “libreta sanitaria” y que los rodados “cuenten con adecuada señalización mínima (luminosa y refractaria)”.
¿Que implicancias tiene en seguridad vial que estos trabajadores circulen sin las medidas de seguridad necesaria?, se lo preguntamos al doctor Horacio Botta Bernaus, Abogado especializado en tránsito y accidentalidad vial quien aseguró: “No hay que perseguir al joven, sino controlar a la empresa que brinda ese servicio. Este tipo de negocio pone en riesgo la vida de muchos chicos”.
El paisaje constante de ciclistas y motociclistas con mochilas cargadas de comida de las aplicaciones inspiró a los concejales cordobeses a presentar distintos proyectos de regulación, casi uno por cada bloque con representación en el cuerpo deliberativo.
Uno de los proyectos presentados es el del bloque “Pensando Córdoba” y de la autoría de la consejar María Victoria Flores quien al respecto subrayó: “Nuestro proyecto tiende a que se ordene la manera en que tienen que circular, con todas las medidas de seguridad y por otro lado la creación de un registro en el que se pueda establecer cuales son las empresas, la cantidad de empleados que tiene y cuales son los seguros que tienen. Estos son requerimientos que la Municipalidad, a los fines de habilitar este tipo de empresas, puede requerirles al momento de su incripción en el municipio de la ciudad”.
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