Análisis de la reglamentación de las leyes de aborto y de los 1000 días

miércoles, 18 de agosto de 2021
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17/08/2021 – Esta semana en el ciclo “Por la vida” se abordó, como tema central, la reglamentación en nuestro país de las leyes 27611, conocida como de los “1000 días”, y la 27610 de legalización del aborto.

En esta oportunidad, el dr. Nicolás Lafferriere y la Lic. María Inés Franck realizaron un detallado análisis de los decretos reglamentarios y de estas nuevas disposiciones:

“Estamos hablando de la ley del aborto aclarando que hay aspectos que no requieren reglamentación y una aclaración que hay que hacer es que los aspectos que no requieren reglamentación son los que tienen que ver con el Código penal. El Código Penal es operativo de suyo y no necesita reglamentación: es  delito o no es delito. Después lo implementa la justicia penal  sin necesidad de un decreto reglamentario.

Sin embargo, en el resto del articulado de la ley de aborto y también la de los “1000 días”, hay mucha disposiciones que son vinculadas con la salud y los temas de salud son competencia de las provincias. Entonces, que exista un decreto reglamentario, no significa que las provincias tengan que seguir textualmente a la ley del aborto porque cada provincia tiene sus propias atribuciones en materia de salud.

Con respecto a la reglamentación de la ley de los 1000 días, los especialistas señalaron, entre otras cosas, que “es una ley que tienen que tiene muy buenas intenciones en muchos aspectos pero, como sucede con muchos temas de salud, la letra chica se juega en la operatividad. Probablemente se necesiten muchos protocolos y de hecho aquí no hay protocolos.”

“Son declaraciones de deseos y grandes objetivos pero que no tienen la concreción práctica operativa, porque dependen para su aplicación de las provincias”.

En síntesis, no hay muchas precisiones en la reglamentación de la ley 27611 sobre cómo será la operatividad de las acciones para atender a la salud de las madres vulnerables. Y, como se trata en su mayoría de acciones vinculadas con el sistema de salud, la autoridad nacional requiere coordinar su acción con las distintas jurisdicciones, en el marco de la distribución de competencias entre la Nación y las Provincias.

Lic. María Inés Franck y dr. Nicolás Lafferriere

Te invitamos a escuchar el análisis completo en el audio al inicio de esta nota